Paciente en silla de ruedas

Valoración del daño corporal

El daño corporal se entiende como toda alteración anatómica o funcional, el cual se manifiesta generalmente a través de la lesión.  En el marco jurídico, una lesión “es una alteración orgánica, funcional o síquica, producida por un agente endógeno o exógeno, que trastorna la salud y causa desequilibrios de mayor o menor gravedad, según el daño ocasionado”. Para cobrar relevancia en términos medico legales, la lesión debe ser causada por un tercero o agente externo a la persona lesionada.

La valoración del daño corporal debe ser realizado por un perito con conocimientos en medicina y derecho, que tiene la capacidad de hacer un diagnóstico diferencial donde identifique las enfermedades por causas naturales o vejez, de aquellas alteraciones morfológicas y funcionales derivadas de la acción de agentes y mecanismo vulnerantes ( laboral, tráfico, doméstico entre otros), con efectos en la pérdida o disminución de la capacidad física y psíquica de una persona.

El perito hace una revisión de los soportes- historias clínicas que contiene información que debe integrar y analizar, para orientar el abordaje integral en el examen físico e interpretar los resultados de la prueba pericial dentro del contexto de la información de la cual disponga el perito, en cada caso. Sí fuera un accidente, se revisa el informe de accidente de tránsito para determinar la mecánica del trauma.

El perito debe documentar lo relativo a las secuelas encontradas en el examen y generar registros escritos sobre los hallazgos. Estas interpretaciones son traducidas a un lenguaje comprensible para que el juez entienda como actúan las secuelas de las patologías en el paciente, en aras de determinar la pena.

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